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Derecho administrativo

Derecho administrativo

La administración pública colombina tiene como su principal función dirigir los destinos de la nación, ésta administración pública, está integrada por una administración central que se ejerce con cobertura a nivel nacional y una administración territorial, la cual se ejerce de manera descentralizada.

Esta administración pública, se compone de una conjunto de personas jurídicas de derecho público para ejercer múltiples funciones públicas, las cuales se encuentran previstas en la constitución y en la ley, también ésta administración la conforman las personas jurídicas de derecho privado, a las cuales el ordenamiento jurídico les atribuye también el ejercicio de la función pública.

Gil & Roa Abogados, Con su equipo de especialistas en derecho administrativo ha permitido que sus clientes encuentren canales eficaces de comunicación con la Administración Pública Colombiana, por medio del ejercicio de los derechos y a través de los mecanismos que ofrece el Código Contencioso Administrativo. Por lo anterior las empresas y los ciudadanos han obtenido respuestas oportunas y de fondo sobre asuntos y temas de su interés.


Nuestra Firma durante más de 20 años ha participado apoyando jurídicamente  a muchas empresas y organizaciones en el desarrollo de actividades y procesos de Contratación Estatal y licitación pública. 

Con nuestros servicios de consultoría jurídica especializada en derecho administrativo ha  acompañado a diferentes entidades públicas y a distintas empresas en la celebración, suscripción, ejecución, terminación y liquidación de contratos estatales y en los procesos de licitación y adjudicación. 

También en varias oportunidades se han realizado distintas reclamaciones administrativas con el fin de equilibrar económicamente los contratos cuando estos se ven alterados o  manejados  de manera  inadecuada por alguna de las partes.

Áreas del derecho administrativo

Un consorcio resulta de la unión de dos o más personas naturales o jurídicas que conjuntamente presentan una propuesta o desarrollan una actividad o negocio, sin que esa unión o colaboración constituyan una entidad jurídica, sino que en ambos casos, los miembros del consorcio mantienen su independencia, su autonomía en todos los sentidos.

La Ley 80 tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales colombianas. Esta ley es aplicable para  cualquier organismo o dependencia del estado que la ley otorgue capacidad para  celebrar contratos  o en la  que el estado  tenga  participación superior al 50%, dichas  entidades pueden ser de carácter nacional, departamental, municipal o pertenecer a cualquiera de las ramas del poder  público u  organismos de control.

Gil & Roa Abogados, por medio del  ejercicio de las acciones de reparación directa, nulidad y restablecimiento del derecho, fallas en el servicio y contractuales, ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, ha asesorado a muchas  empresas, organizaciones y personas naturales, demandando casos donde entrega  como  resultados  a  sus  clientes  cuantiosas  indemnizaciones   por daños y perjuicios imputables al Estado.

Nuestra Firma provee asesoramiento jurídico en el área de Contrataciones Públicas, para brindar al cliente que pretenda proveer sus servicios o bienes al Estado colombiano todas las advertencias, sugerencias y recomendaciones necesarias para que su postulación en licitaciones públicas nacionales o internacionales o en concursos de ofertas pública se ajuste a las disposiciones legales vigentes.

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