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Derecho energético minas y petróleos

Derecho energético minas y petróleos

Gil Roa Abogados goza de un gran nivel de experticia y experiencia en el Derecho de Minas.

El derecho minero o derecho de minería es la rama del Derecho que regula las actividades que el ser humano desarrolla en torno a la industria minera. El derecho minero cubre varios temas básicos, incluida la propiedad del recurso mineral y quién puede trabajar con estos recursos.

Restricciones a la minería

Sí, el artículo 35 del Código de Minas contempla restricciones a la actividad minera en ciertas áreas del país, en atención a la naturaleza especial de este tipo de zonas, lo que quiere decir que pueden realizarse actividades de exploración y explotación minera en dichas zonas SOLO SI se obtienen los permisos adicionales, exigidos en la norma. Por lo anterior, a estas se las denomina zonas de minería restringida.

Áreas excluidas

Son aquellas áreas en las que la Ley expresamente determina que NO se podrán ejecutar trabajos y obras de exploración y explotación minera, como son las áreas que integran el sistema de parques nacionales naturales, parques naturales de carácter regional, zonas de reserva forestal protectora, zonas de protección y desarrollo de los recursos naturales o del ambiente, ecosistemas de páramo y los humedales designados dentro de la lista de importancia internacional de la Convención RAMSAR.

En Gil Roa Abogados encontrara la mayor experiencia en esta materia, esperamos nos contacte para tener el gusto de asesorarlo.

Petróleos

Gil Roa Abogados goza de un gran nivel de experticia y experiencia en el Derecho de Petróleos.

El petróleo es un aceite mineral de color muy oscuro o negro, menos denso que el agua y de un olor acre característico. Está formado por una mezcla de hidrocarburos acompañados de azufre, oxígeno y nitrógeno en cantidades variables. El petróleo se encuentra sólo en las rocas sedimentarias.

La presión ejercida por la enorme masa de sedimentos provoca la expulsión del líquido que se encuentra entre las capas de la roca sedimentaria. Este líquido, el petróleo, migra siguiendo la pendiente a decenas de kilómetros hasta que encuentre una roca porosa e incomprensible cuyos huecos rellena. Esta roca es la llamada roca almacén.

Los campos petrolíferos se encuentran normalmente muy lejos de los lugares de consumo. El transporte terrestre de los crudos se realiza, normalmente, a través de oleoductos que van del pozo a la refinería o al puerto de expedición más próximo. El transporte marítimo a larga distancia lo cubren los buques cisternas o petroleros.

Los principales usos del petróleo son:

  • Como combustible doméstico e industrial.
  • Como carburante y lubricante.
  • Como materia prima básica en la industria petroquímica.

En Colombia Toda persona natural o jurídica puede presentar propuestas para contratar la exploración con taladro y la explotación de petróleo de propiedad nacional. En el caso de que varias personas presenten propuestas para contratar la exploración y explotación de un mismo terreno, el Gobierno escogerá entre las que acrediten tener capacidad financiera suficiente, en este orden:

1º. Al primer proponente que demuestre haber hecho la exploración superficial técnica de que trata el artículo 19.

2º. Al propietario del suelo.

3º. Al que tenga trabajos de explotación más próximos al área solicitada.

4º. Al proponente de mayor área, en igualdad de condiciones.

El Gobierno reglamentará la forma como deben presentarse las propuestas y los trámites a que hayan de someterse.

En Gil Roa Abogados encontrará la mayor experiencia en esta materia, esperamos nos contacte para tener el gusto de asesorarlo.

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