Solicitan pruebas a Colpensiones para resolver recusación en trámite de constitucionalidad de reforma pensional
El contexto del incidente
Mediante auto del pasado 27 de octubre, Jorge Enrique Ibáñez Najar, magistrado sustanciador en el Expediente D-15989, en el que se examina la constitucionalidad de la Ley 2381/24 (reforma pensional), decretó pruebas dentro del incidente de recusación contra el magistrado Héctor Alfonso Carvajal Londoño por haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada.
¿Qué es un incidente de recusación?
Es un mecanismo procesal mediante el cual se solicita que un magistrado o juez se aparte del conocimiento de un caso por existir causales que afecten su imparcialidad. En este caso, se alega que el magistrado previamente emitió conceptos sobre la reforma pensional cuando fue contratista de Colpensiones.
Pruebas solicitadas a Colpensiones
La Corte Constitucional solicitó a Colpensiones que, dentro del término de cinco días contados a partir del día siguiente a la notificación de la providencia, allegue la siguiente documentación:
Documentos requeridos por la Corte Constitucional
(a) Conceptos jurídicos relacionados con la Ley 2381/24
Conceptos jurídicos que el entonces contratista Carvajal Londoño presentó a Colpensiones, en desarrollo o ejecución de los contratos de prestación de servicios 070/24 y 005/25, relacionados con la Ley 2381/24, incluyendo el análisis de su constitucionalidad.
(b) Solicitud de concepto sobre inconstitucionalidad
Documentos a través de los cuales se le solicitó a dicho contratista que rindiera «concepto intervención sobre inconstitucionalidad de la Ley 2381/24», del que trata el «informe de supervisión para terminación del contrato/aceptación de oferta» (Contrato de prestación de servicios 070/24).
(c) Concepto sobre aplicación del artículo 76
Documentos a través de los cuales se le solicitó rendir «concepto jurídico sobre aplicación en procesos judiciales de la oportunidad de traslado del artículo 76 de la Ley 2381/24» (Contrato de prestación de servicios 005/25).
(d) Conceptos con anexos y soportes
Conceptos con anexos o soportes jurídicos sobre la Ley 2381/24, incluyendo el análisis de su constitucionalidad y/o de su aplicación, en virtud de los contratos de prestación de servicios mencionados.
(e) Informes mensuales de ejecución
Copia de los informes específicos mensuales con motivo de la ejecución de dichos contratos.
Solicitud al supervisor de los contratos
De otra parte, la Corte solicitó al jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Legales de Colpensiones y supervisor de los contratos en cuestión:
Soportes de supervisión
Los soportes de los informes de supervisión de los contratos de prestación de servicios 070/24 y 005/25.
Certificación de entrega
Que certifique la fecha y hora en que se entregaron los conceptos referidos, incluyendo los que se refieran a su constitucionalidad y/o aplicación.
Posición del magistrado recusado
Cabe mencionar que el Magistrado Carvajal Londoño se pronunció sobre la recusación el pasado 22 de octubre y dejó a consideración de la Sala las razones por las que estima que el incidente no está llamado a prosperar.
Argumentos de defensa del magistrado
- Extemporaneidad: El incidente de recusación fue presentado fuera del término legal establecido.
- Falta de actualidad: Los hechos alegados no tienen la relevancia actual necesaria para configurar la causal de recusación.
- Inexistencia de identidad absoluta: No existe identidad entre el objeto del concepto emitido como contratista y la decisión que ahora debe adoptarse como magistrado.
Contexto: La reforma pensional Ley 2381/24
La Ley 2381 de 2024 establece la reforma al sistema de pensiones en Colombia. Su constitucionalidad está siendo examinada por la Corte Constitucional en el Expediente D-15989. El presente incidente de recusación podría tener implicaciones significativas en el proceso de revisión constitucional de esta importante reforma.
Implicaciones del incidente de recusación
La resolución de este incidente podría tener importantes consecuencias:
- Si prospera la recusación, el magistrado Carvajal Londoño deberá apartarse del proceso
- La conformación de la Sala que decida sobre la constitucionalidad de la reforma podría verse modificada
- Se establecerán precedentes sobre las incompatibilidades entre la función de contratista y la de magistrado
- El trámite de constitucionalidad de la reforma pensional podría verse afectado en sus tiempos
- Se reafirmará la importancia de la imparcialidad en los procesos de control constitucional
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