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El empleador debe acreditar que el contrato laboral no terminó por condiciones de salud del trabajador

El empleador debe acreditar que el contrato laboral no terminó por condiciones de salud del trabajador

Pronunciamiento de la Corte Constitucional sobre la Estabilidad Laboral Reforzada y la presunción de despido discriminatorio.
4 de diciembre de 2025

Pronunciamiento de fondo ante situación sobreviniente

La Corte Constitucional analizó un caso de terminación de contrato laboral a una persona en condición de debilidad manifiesta por razones de salud. Aunque la Corte declaró la carencia actual de objeto debido al lamentable fallecimiento de la accionante durante el trámite, decidió pronunciarse de fondo.

¿Por qué se pronunció la Corte?

El alto tribunal tomó medidas para que los hechos no se repitan, estableciendo un precedente claro sobre las obligaciones del empleador frente a trabajadores con condiciones de salud que afectan su desempeño.

Vulneración a la Estabilidad Laboral Reforzada

La Sala determinó que la empresa accionada vulneró los derechos fundamentales a la estabilidad laboral reforzada y a la igualdad, basándose en tres hechos probados:

1. Impacto en el desempeño

El estado de salud de la trabajadora le dificultaba significativamente el normal y adecuado desempeño de sus labores contractuales.

2. Conocimiento previo

La empresa empleadora tenía pleno conocimiento de dicha condición médica antes de proceder con el despido.

3. Presunción no desvirtuada

No se logró desvirtuar la presunción de despido discriminatorio, al no haberse surtido el trámite ante el Ministerio de Trabajo ni demostrado fehacientemente una justa causa.

La insuficiencia del proceso disciplinario

La defensa de la empresa se basó en que la terminación obedeció a un proceso disciplinario por presuntas «faltas graves». La accionada adjuntó:

  • Copia de la citación a descargos.
  • Acta de la diligencia de descargos.
  • Carta de terminación del contrato.
Fallo en la defensa técnica:

Para la Sala, no fue posible establecer el análisis de las presuntas fallas ni si estas eran realmente imputables a la trabajadora. El simple hecho de realizar un trámite disciplinario formal no exime al empleador de probar la objetividad de la causa, especialmente cuando existe un fuero de salud de por medio.

La Inversión de la Carga de la Prueba

Este fallo reitera una regla de oro en el derecho laboral colombiano respecto a la estabilidad laboral reforzada. Esta protección se concreta en una prohibición de despido discriminatorio.

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