Fijan lineamientos mínimos obligatorios para fortalecer los programas de transparencia y ética empresarial
El Gobierno nacional reglamentó la coordinación entre la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República y las autoridades de inspección, vigilancia y control, para establecer los lineamientos mínimos que deberán incorporar los Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE).
Un estándar mínimo unificado, con margen para cada supervisor
La medida busca unificar las acciones, políticas, procedimientos y mecanismos de prevención, control, evaluación y mejora continua, sin desconocer que cada autoridad supervisora continuará definiendo los contenidos específicos según las características de las entidades vigiladas, como su sector económico, nivel de riesgo, activos, ingresos, número de empleados y objeto social.
¿Qué deben incluir los Programas de Transparencia y Ética Empresarial?
Los lineamientos mínimos que deberán integrar los PTEE comprenden un conjunto amplio de mecanismos orientados a fortalecer la integridad corporativa:
Mecanismos de identificación, valoración y mitigación de riesgos de corrupción.
Medidas específicas de prevención y control frente a prácticas corruptas.
Manejo adecuado de situaciones que comprometan la objetividad de las decisiones.
Disposiciones específicas para entidades que participan en procesos con el Estado.
Verificación de terceros, proveedores y aliados comerciales.
Mecanismos de reporte con protección efectiva para los denunciantes.
Otros elementos exigidos por el decreto
- Transparencia en la gestión empresarial
- Definición clara de roles y responsabilidades dentro de la organización
- Procesos de capacitación y divulgación del programa
- Auditoría y mejora continua de los mecanismos implementados
Evaluación periódica y régimen de transición
El decreto asigna a la Secretaría de Transparencia la función de evaluar cada cuatro años los lineamientos mínimos de los PTEE, mediante análisis de impacto, revisión de sanciones, auditorías internas, conceptos de revisores fiscales y comparación con estándares internacionales y buenas prácticas anticorrupción.
Además, las autoridades de inspección, vigilancia y control deberán informar los actos administrativos relacionados con estos programas y podrán autorizar programas únicos e integrados cuando una entidad esté sometida a varios regímenes de supervisión.
Régimen de transición para las autoridades
Como medida transitoria, las autoridades de inspección, vigilancia y control contarán con tres meses para revisar sus marcos regulatorios y, si es necesario realizar ajustes, tendrán hasta nueve meses desde la expedición del decreto para implementarlos.
Un llamado a revisar los programas de cumplimiento vigentes
Las empresas y entidades sujetas a vigilancia deben revisar si sus Programas de Transparencia y Ética Empresarial actuales cumplen con el nuevo anexo técnico, especialmente en materia de gestión de riesgos, canales de denuncia y debida diligencia de contrapartes. Contar con acompañamiento jurídico especializado permite ajustar oportunamente estos programas y evitar el incumplimiento de los estándares mínimos ahora obligatorios.
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